Contenido de la factura recapitulativa

Características de las facturas recapitulativas

En este artículo analizamos en profundidad cuáles son las características de las facturas recapitulativas que aparecen recogidas en el artículo 13 del Reglamento de Facturación.

¿Qué conocemos como factura recapitulativa? Aquella que incluye en sus conceptos las operaciones que se han realizado en distintas fechas para un mismo destinatario, siempre que el período esté comprendido en un mes natural.

Por tanto, una de las principales características de las facturas recapitulativas es que deban ser expedidas como máximo el último día del mes natural, como regla general, y así fuera de ese período no podrán agruparse ya en el modelo de recapitulación.

Este tipo de factura es ideal entre aquellas empresas que mantienen relaciones comerciales continuadas, para agilizar el proceso y reducir la carga de trabajo en la emisión de facturas.

Y es que, aunque lo normal es que generalmente se emita una factura por cada operación realizada de forma independiente, una empresa que trabaja de forma recurrente con un mismo cliente a través de continuas ventas, podrá realizarle una factura recapitulativa que englobe esas transacciones.

Es importante no confundir este modelo de documento, con otros de semántica similar como sucede con la factura rectificativa, que va dirigida a enmendar errores o fallos en los elementos de la factura emitida.

Sin embargo, existen algunas excepciones en relación al plazo de expedición como veremos a continuación.

  • Puede suceder que el destinatario en puesto de ser una persona física sea un empresario o un autónomo. En ese caso, la factura recapitulativa deberá realizarse antes del día 16 del mes siguiente en el que haya tenido lugar la transacción.
  • En relación a las entregas intracomunitarias de bienes, para aquellas empresas que realizan ventas entre distintos países (de acuerdo con lo descrito en los epígrafes del artículo 75 del Impuesto sobre el Valor Añadido), es requisito imprescindible que las facturas se emitan antes del día 16 del mes siguiente en que tuvo lugar el inicio de la expedición o el tránsito de los bienes con destino al comprador.

Ahora bien, ¿es lo mismo agrupar otras facturas realizadas con anterioridad a una factura recapitulativa?

No. Muchos profesionales suelen confundir ambos conceptos dando lugar a errores en la facturación.

La factura recapitulativa es un único documento que recoge las distintas transacciones del mes, pero no tiene nada que ver con la agrupación de otras facturas.

En la recapitulativa lo que se agrupan son las operaciones como tal, de forma que no puede coexistir una factura recapitulativa y una ordinaria sobre la misma transacción, al mismo tiempo.

Ese tipo de documentos se conocen como “factura resumen periódica” o “agrupación periódica de facturas“, y no tienen nada que ver en cuanto al tratamiento fiscal de las facturas recapitulativas ni a su regulación por la Ley.

Qué caracteriza a la factura recapitulativa

La recapitulativa comparte elementos comunes con la factura ordinaria, al margen de su naturaleza como tal.

Así, deberá contener la identificación clara del destinatario (bien sea una empresa, una persona física o un autónomo), un número de serie que resulte correlativo a la facturación y el desglose de base imponible e impuestos.

Sin embargo, el elemento que principalmente caracteriza a la factura recapitulativa es la posibilidad de incluir varias operaciones comerciales de un mismo mes natural, siempre que el destinatario sea el mismo cliente.

Este factor es muy importante, porque en caso de el consumidor sea una persona distinta, a pesar de que los conceptos o transacciones sean semejantes, ya no se podría optar por la factura recapitulativa para agilizar el proceso.

Como vemos, las características de las facturas recapitulativas convierten a este documento en una herramienta imprescindible para cualquier empresa que mantenga relaciones comerciales recurrentes con su cliente.

Publicaciones Similares