Devolver el IVA con una factura de abono

¿Cómo recuperar el IVA con una factura de abono?

Siempre que trabajemos para otros, como empresa o trabajadores autónomos corremos el riesgo de que no nos paguen o nos devuelvan una factura. Ante este hecho nos surge una duda con respecto a estas facturas impagadas ¿se puede recuperar el IVA con factura de abono?

La Agencia Tributaria nos permite recuperar ese IVA que ya hemos liquidado en el resumen trimestral.

Pasos para recuperar el IVA con factura de abono

Como bien sabemos, cuando emitimos una factura, nuestra obligación es la de liquidar el IVA repercutido ante la Agencia Tributaria a través de las liquidaciones trimestrales. Sin embargo, incluida en esa misma Ley, hay un concepto que se desconoce mayoritariamente y es la posibilidad de recuperar el IVA con factura de abono de las facturas que no nos han pagado.

Pero como es lógico hacienda no nos lo va a dar, así como así. Esto significa que hay que cumplir unos requisitos:

  • Nuestro cliente ha de ser una empresa o trabajador autónomo.
  • Ese IVA ha de estar registrado en contabilidad. Y además, haberlo liquidado.
  • Otro de los requisitos es el de haber reclamado oficialmente el pago de esa factura.
  • La factura no debe de haberse cobrado en el plazo de seis meses desde su emisión.

Por lo tanto, seguiremos los pasos siguientes si ese IVA ya está liquidado y sabemos que no vamos a cobrar esa factura:

  • Lo primero que deberemos hacer es emitir una factura de abono anulando la anterior. Hay que tener en cuenta que no vamos a cobrar la factura original.
  • Habrá que reclamar oficialmente ante notario o en el Juzgado dicha factura impagada.
  • En el resumen trimestral del IVA correspondiente, deberemos incluir dicha factura rectificativa.

Todo esto tiene un plazo. Este es de tres meses desde que emitimos la factura de abono o rectificativa a contar desde el fin de los seis meses. En el caso de ser una empresa grande el plazo es mayor (1 año).