Usos de los presupuestos

¿Debe constar la matrícula del vehículo en una factura de gasolina?

La obligatoriedad de la matrícula del vehículo en la factura de gasolina cuando se desea utilizar la factura como justificante de gasto, es una cuestión bastante solicitada por los empresarios y emprendedores que requieren de transporte frecuente.

Y es que, además de la duda sobre qué porcentaje de combustible es posible deducir como gasto, también está la inestimable sombra sobre los requisitos necesarios que debe contener la factura para poder aportarse como gasto.

La Dirección General de Tributos hace un análisis a los apartados descritos por el Reglamento de facturación, en relación a los requisitos necesarios que debería contener cualquier plantilla de factura válida.

La matrícula en la factura de gasolina

Sin embargo, no existe ningún artículo que documente la obligatoriedad de la matrícula del vehículo con el que se realiza el suministro.

Así, a efectos de la deducción en las operaciones de suministro de carburante, la factura deberá incluir los requisitos descritos en el artículo 6 del Reglamento de facturación, que incluyen el contenido mínimo que ha de aparecer en el documento para que tenga validez fiscal.

Por tanto, el argumento de la falta de la matrícula en la factura simplificada no puede ser motivo de negación, cuando se solicite la posibilidad de deducir el impuesto del gasto.

De este modo, se puede observar que no existe obligatoriedad por ese lado, al margen de que existan empresas que sí deseen incluir el número de la matrícula del vehículo en la propia factura.

Será por tanto, un elemento de carácter voluntario que se podrá aportar o no como información extra, sin que exista ninguna consulta vinculante que convierta a esa información en requisito imprescindible para tener en cuenta en el documento.

Conoce más sobre cuál es el contenido mínimo que debe aparecer en la factura simplificada para adquirir validez fiscal de forma definitiva y aceptada por la Agencia Tributaria.