Control de facturación

Factura electrónica recapitulativa

La factura electrónica es una factura de bienes o servicios realizados en formato digital. La factura electrónica recapitulativa se expide y recibe en formato electrónico.

La factura electrónica está diseñada para sustituir a la factura en papel. La factura electrónica recapitulativa es un tipo de documento digital que agrupa diversas operaciones de un mismo destinatario en un mes natural. Los datos que debe contener la factura electrónica recapitulativa deben ser los mismos que la factura recapitulativa tradicional. Descubre más información sobre los tipos de factura.

Beneficios de la utilización de la factura electrónica recapitulativa

La utilización de la factura electrónica recapitulativa implica una serie de beneficios claros para empresas, autónomos y clientes. Estos beneficios se pueden enumerar en 10:

  • La factura electrónica recapitulativa constituye un importante ahorro de material y es beneficiosa para el medioambiente. Al emplear el formato digital, se realiza un considerable ahorro de papel y ello repercute en una mejor utilización de los recursos naturales. Con ello, se evita la tala de muchos árboles y la conservación de bosques. Es una opción ecológica y barata.
  • Es más segura. La factura electrónica recapitulativa es una alternativa más segura en el resguardo de documentos y mucho más difícil de falsificar.
  • Ahorra espacio. La factura electrónica recapitulativa puede almacenarse en discos duros y en servidores online. Con ello, dejan de ser necesarias las voluminosas carpetas de registro de facturas presentes en las oficinas en el pasado y que ocupaban salas y almacenes completos.
  • Ayuda a mejorar la eficiencia y todo el proceso productivo. Emitir facturas recapitulativas electrónicas es un proceso más ágil que las facturas en papel, además de reducir los errores. El tiempo empleado por los gestores para emitir y contabilizar este tipo de documentos es mucho menor que el usado en las facturas tradicionales. Los errores en la creación, captura y almacenamiento de las facturas también son mucho menores.
  • La firma digital. Las facturas electrónicas recapitulativas incluyen como importante novedad la firma digital, un sistema que sirve para autentificar los documentos, teniendo plena validez legal. La firma electrónica reconocida es condición indispensable para que una factura electrónica recapitulativa tenga validez legal.
  • Acorta los trámites y ciclos de facturación. La factura electrónica recapitulativa, al ser mucho más rápida de crear y enviar, facilita una gestión de cobros mucho más diligente.
  • Facilita el acceso a facturas históricas. El proceso de localizar facturas electrónicas recapitulativas almacenadas es mucho más rápido que el de las facturas en papel. Una factura electrónica recapitulativa almacenada en la nube puede encontrarse en pocos minutos mientras que las facturas en papel guardadas en almacenes necesitaban ser buscadas físicamente, en una tarea que podía llevar varias horas. Con las nuevas facturas electrónicas recapitulativas, el gestor puede tener información casi a tiempo real de documentos guardados.
  • Elimina costes de envío y transporte. Al no utilizar papel ni soporte físico, la factura electrónica recapitulativa también representa un importante ahorro de costes en envío y transporte.
  • Permite integrarse con otras herramientas de gestión. Algunas empresas cuentan ya con herramientas de gestión avanzadas que pueden integrarse con las facturas electrónicas recapitulativas, con los beneficios que ello implica para la gestión de todos los procesos.
  • Mejora de incidencias. Los errores e incidencias que se producían con las facturas de papel se ven drásticamente reducidos con la utilización de facturas electrónicas recapitulativas.

Por último, hay que tener en cuenta que para utilizar las facturas electrónicas recapitulativas es necesario el consentimiento por parte de los receptores de las mismas, para respetar la normativa vigente en relación a ello.

Sin embargo, este consentimiento no ha de ser obligatoriamente expreso, puede ser implícito salvo en los contratos con consumidores y usuarios, según estipula la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

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