Declaración del IVA

Todos los pasos para realizar la declaración trimestral del IVA

Una de nuestras obligaciones con Hacienda, seamos trabajadores por cuenta propia como empresa, es la declaración trimestral del IVA. Como todos sabemos, tanto las facturas emitidas como las recibidas, han de llevar el IVA, desglosado, especificando su Base Imponible, la cuota de IVA y el total de la factura que sería la suma de estas. Sin embargo, hay ocasiones que también pueden llevar suplidos que no necesariamente estén sujetos el IVA.

Seguro que te serán familiares términos como IVA Repercutido, IVA Soportado, bases imponibles, modelo 303…  Pero exactamente, ¿qué es necesario para hacer la declaración trimestral del IVA? ¿Cómo podemos calcular lo que tenemos que pagar de IVA?

Cómo se hace la liquidación de impuestos trimestral

Para liquidar los impuestos del IVA de manera trimestral deberemos cumplimentar el modelo 303, que es el que corresponde a la declaración trimestral del IVA. Para poder hacer esto necesitaremos los siguientes documentos:

  • Facturas emitidas. Son aquellas que hemos emitido y enviado a nuestros clientes, esté o no cobradas.
  • Facturas recibidas. Estas hacen referencia a las que nos han dado nuestros proveedores, bien sean de servicios, de compra de materiales, etc.

Es importante puntualizar que para la confección del modelo 303 del IVA, no se pueden tener en cuenta los tickets, solo las facturas. Asimismo, debemos tener en cuenta que cuanto mayor sea el volumen de tus ventas, más probable la declaración trimestral te salga a pagar.

Como ya hemos visto, las declaraciones del IVA son cada tres meses. El calendario fiscal marca los pagos en abril, julio, octubre y enero. Aunque tenemos de plazo para su presentación hasta el día 20 del mes siguiente al de cada uno de los meses anteriormente descritos.

Pero pongámonos un ejemplo, porque haciendo un modelo 303 es como mejor lo vamos a aprender. Tomemos todas las facturas y separemos las que no lleven IVA. Recordemos que hay actividades exentas de este impuesto. Es por esta razón que te recomendamos ponerlas aparte porque para estos cálculos no nos van a servir.

Por un lado, las facturas emitidas, que dependiendo de nuestra actividad serán de diferentes tipos de IVA: del 21%, el 10% y el 4% y, por otro las recibidas, de igual índole, según sean de un tipo u otro.

Cómo calcular el IVA
Indypendenz || Shutterstock

Ejemplo para saber cómo calcular la declaración trimestral del IVA

Ahora veamos cuál es la base imponible de las facturas emitidas. Esto no es otra cosa más que el importe al que le sumas el IVA y separemos las facturas según el tipo de IVA.

A modo de ejemplo, usaremos cantidades ficticias, para verlo mejor:

Total IVA
Base Imponible del IVA al 21% 7.525,00 €    1.580,25 €
Base Imponible del IVA al 10%       850,00 €          85,00 €
Base Imponible del IVA al 4%                 –   €                 –   €
Total IVA Repercutido    1.665,25 €

Como puedes ver la fórmula es sencilla. Solo es necesario multiplicar la suma de las Bases Imponibles por el tipo de IVA correspondiente.

Factura de gastos

Ahora procedamos con las facturas de gastos. Puede darse  el caso de que no tengamos ninguna. A primera vista esto nos supone un ahorro. Eso que no hemos tenido que pagar, ¿verdad? Pero por otro,  si no tenemos facturas no tendremos IVA para poder deducir.

Una vez hecho lo mismo que con las facturas emitidas, y supongamos que el total de IVA soportado a deducir fuera de 493,55€. Esta cantidad es la que podremos restar de la suma total del IVA Repercutido.

Suma total IVA Repercutido1.665,25 €
Suma total IVA Soportado493,55 €
Total a Pagar1.171,17 €

Como hemos mencionado con anterioridad, puede que estés declarando una factura emitida y pagando ese IVA aunque no lo hayas cobrado, entre otras causas, porque la emitiéramos a finales del mes. También puede darse el caso de que el resultado fuera negativo. Esto es que el IVA de las facturas recibidas fuera mayor que el IVA de las facturas emitidas. Por lo tanto, no tendríamos que pagar nada. Esto significa que este resultado sería a compensar en los siguientes trimestres.

Tras calcular el IVA repercutido y el IVA soportado es necesario presentar el modelo tributario correspondiente al IVA y así hacer frente al pago (si fuera necesario).

 

Bibliografía:

  • Normativa básica del IVA. Agencia Tributaria. Consultado online: https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Normativa/Normativa_tributaria_y_aduanera/Impuestos/Impuesto_sobre_el_valor_anadido__IVA_/Normativa_basica_del_IVA/Normativa_basica_del_IVA.shtml

 

Publicaciones Similares