Emisión de facturas de autónomos

¿Cuándo se aplica en una factura de autónomo el IVA o IRPF?

Si tienes dudas sobre cuándo se aplica en una factura de autónomo el IVA o IRPF, en este artículo detallamos la cuestión, ya que su inclusión va a depender de distintos detalles a tener en cuenta.

En principio, a exención de la inversión del sujeto pasivo, el emisor de la factura siempre deberá incluir el IVA independientemente de que el destinatario sea una empresa o un particular.

En función del tipo de producto se deberá aplicar un 21% de IVA con carácter general, el 10% o el 4%. Descubre cuáles son las actividades que están exentas de IVA.

Recuerda también, que las facturas intracomunitarias entre comerciantes situados en países de la Unión Europea, no deben incluir el IVA si los operadores están dados de alta en el ROI.

Cuando aplicar el IRPF en la factura

Estarán obligados a aplicar el IRPF en la factura los autónomos que estén dados de alta en las secciones segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE), relativas a actividades profesionales y actividades artísticas.

Así, el tipo de retención a practicar vendrá estimada por el alta en Hacienda (bien sea el modelo 037 o modelo 036), por lo que contar con asesoramiento por parte de un gestor especializado será imprescindible para evitar errores que a la larga resulten insalvables.

En el caso de los autónomos que se encuentren en régimen empresarial no deberán practicar retenciones en sus facturas, y éstas serán similares a las practicadas por una sociedad.

Tras las últimas reformas fiscales, los autónomos que correspondan a nuevas altas en actividades profesionales tendrán bonificaciones en el IRPF.

De este modo, en el propio año de inicio de la actividad y en los dos siguientes se les aplicará una retención del 7%, en caso de que durante el año previo no hayan realizado ningún tipo de actividad profesional. Una vez transcurrido ese plazo la retención pasará a ser del 15%.

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