¿Hay que indicar datos del destinatario en la factura simplificada?
En el caso de la factura ordinaria, es evidente que debe incluir los datos del destinatario para que posea la validez fiscal adecuada.
¿Pero qué sucede en el caso de la factura simplificada? ¿También es requisito obligatorio incluir la información del particular o la empresa que haya adquirido el bien o servicio?
Aunque la factura completa es el documento que más información contiene sobre la transacción de compra venta, en ocasiones debido al intenso volumen de facturación o al tipo de actividad comercial, puede ser necesario tener que recurrir a una factura simplificada, siempre que se cumplan los requisitos en cuanto a importe máximo y a la operación mercantil que se describa.
Evidentemente, ante este tipo de documentos acreditativos es necesario incluir los datos del emisor de la factura, pero en el caso del receptor, no sucede lo mismo en la factura simplificada tal y como veremos a continuación.
Datos del destinatario en la factura simplificada
Con carácter general no es necesario incluir los datos del destinatario en la factura simplificada, ya que como su nombre indica, se diferencia de la factura completa porque no requiere de describir tanta información.
Así, si damos un repaso a cuál es el contenido mínimo que debe aparecer en la simplificada, podremos comprobar que el Reglamento de Facturación no contempla los datos del destinatario en la lista.
Entonces, ¿existe algún caso en el que se deban incluir?
En efecto, cuando el destinatario de la operación es una empresa que va a utilizar esa factura simplificada como un documento que justifica un gasto, la Agencia Tributaria solo admitirá la deducción de IVA si los datos del cliente aparecen en la factura.
De este modo, en función de la finalidad que persiga la factura simplificada se podrá optar por añadir o no, los datos de la empresa destinataria de la transacción.