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¿Qué diferencias hay entre una factura simplificada y una factura completa?

¿No tienes claras cuáles son las diferencias que existen entre una factura simplificada y una factura completa? ¿Sabes que existen matices pero dudas sobre cuáles son los requisitos obligatorios de una u otra?

En efecto. La factura completa y la simplificada son distintas, y por tanto, lo que para una va a considerarse información obligatoria e imprescindible, para la otra puede ser opcional.

Diferencias de factura simplificada y factura completa

De entre todos los tipos de facturas que existen, la factura simplificada es la utilizada en ciertos tipos de negocios que tienen un volumen alto de transacciones, por la rapidez y sencillez a la hora de emitirla. Tal es el caso de los servicios de estacionamiento, restauración y hostelería, etc.

La factura simplificada se caracteriza porque en ella no es obligatorio que aparezcan los datos de nombre, denominación social y domicilio del receptor del documento. Solo será obligatorio en el caso de que el cliente desee utilizar el gasto como justificante para deducirse el IVA y utilizar la factura en contabilidad.

Por contra, una de las características de la factura ordinaria o completa, es la obligatoriedad de hacer mención al destinatario de la operación, incluyendo todos sus datos identificativos.

Así mismo, en relación al tipo impositivo será obligatorio distinguir cuál es la base imponible del IVA o de cualquier otro impuesto aplicable, para que el cliente reciba la factura desglosada y con total claridad.

Además, las operaciones que aparezcan en el documento deberán estar descritas con detalle. No servirá únicamente identificar los bienes y los servicios, como sucede en el caso de la factura simplificada, sino que deberá mostrar al detalle cuáles han sido esas transacciones.

Aprender a diferenciar ambos documentos es clave para evitar errores en la contabilidad. Ten en cuenta que no todos los tipos de negocio podrán emitir facturas simplificadas, sino solo aquellos que están recogidos como tales en el Reglamento de Facturación.