¿Cómo y cuándo se cobra el finiquito?
La palabra “finiquito” es junto a “despido” son las palabras que más teme un empleado. El finiquito supone el fin de una relación laboral entre jefe y empleado. Además, el empleado suele pensar que la empresa le va a engañar cuando esta le hace firmar su cese en la empresa, por lo que al principio suele negarse a firmar.
Este documento tiene que incorporar los siguientes conceptos:
- Los días trabajados desde la última nómina.
- Los días de vacaciones no disfrutados.
- Las pagas extras (en caso de que no estén prorrateadas).
- Indemnización (si hubiera despido improcedente).
La indemnización solo se cobrará si el despido ha sido improcedente, sino no. Pero el finiquito siempre lo cobrará el empleado. No importa que despido haya sido disciplinario, por finalización de un contrato de carácter temporal, por baja voluntaria de empleado, etc. El finiquito es un derecho del trabajador.
Cabe señalar que si un empleado se da de baja de manera voluntaria, aparecerá reflejado este hecho en el finiquito. Esto quiere decir que la empresa podrá deducir el salario que equivaldría a quince días de trabajo en compensación por no avisar con antelación. Pasaría lo mismo en aquellos casos en los que en el empleado se hubiera comprometido a permanecer un mínimo de tiempo en la empresa.
Cuándo se entrega el finiquito
Al igual que el trabajador, la empresa también debe avisar con quince días de antelación. De esta manera el trabajador dispondrá de seis horas laborales a la semana para buscar un nuevo empleo. El finiquito se entrega el mismo día en el que se da la carta de despido.
En el supuesto de que sea el propio trabajador quien deja la empresa y sin haber realizado el correspondiente preaviso, la empresa deberá pagar el finiquito lo largo de los días siguientes del término del contrato. Hay que prestar especial atención, porque si transcurren más de 20 días desde el despido o desde el preaviso de marcha de la empresa y no se ha recibido finiquito, el empleado habrá perdido la oportunidad de reclamar judicialmente.
Plazo para pagar el finiquito
Por norma general, la empresa que despide a un empleado, deberá darle el finiquito cuando se le da la carta de despido. Pero existen excepciones:
En los despidos objetivos o fin de contrato temporal (y que haya durado más de un año), la empresa puede dar un preaviso al empleado. Pero no tiene por qué entregar el finiquito en ese momento. Cuando sí deberá hacerlo es en el último día de trabajo con las cantidades correspondientes y la carta de despido.
En cambio, si es el trabajador quien ha presentado la dimisión, el documento del finiquito no le será entregado hasta el último día de trabajo. Si el empleado no ha dado un aviso con quince días de antelación, la compañía no habrá podido elaborar al momento que finiquito. Aunque lo tendrá en entregar lo antes posible. El trabajador puede calcular el finiquito que le corresponde y comprobar si dicha cantidad es efectivamente la misma que ha recibido.
El pago
Realmente no hay un plazo para que la compañía pague lo que le debe al trabajador. Lo normal es que se liquide esa deuda en el último día en el que el empleado presta sus servicios. Hay que tener en cuenta que si el pago se efectúa mediante transferencia bancaria, el mismo tardará un par de días.
Este retraso no es reclamable por parte del trabajador a la empresa ya que es un tema bancario. En cambio, si no se recibe la cuantía porque la empresa no paga el finiquito al finalizar dicha relación laboral, sí se podría proceder a su reclamación ya que en este supuesto se estaría dando un retraso el pago del finiquito.
Es cierto que algunas compañías prefieren esperar al día de pago de la nómina para liquidar también los finiquitos. No obstante, si la relación laboral ha terminado antes del día de pago de nómina también se estaría retrasando.
Hay que prestar especial atención a que no pasen 20 días hábiles, descontando sábados, domingos y festivos. Algunas compañías lo hacen así para que el empleado no pueda impugnar el despido. Si el empleado quiere demandar a la empresa por su despido, el hecho de no cobre el finiquito no paralizaría la reclamación.
En aquel supuesto que la empresa no entre al documento del finiquito, se deberá reclamar la empresa de tal forma que quede constancia de la reclamación. El ex trabajador lo podrá reclamar mediante llamadas, burofax o email. Si la compañía hace caso omiso y sigue sin pagar, el trabajador tendrá un año de plazo para reclamar el pago del finiquito.