Finiquito y despido

¿La indemnización por despido debe ir incluida en el finiquito?

Generalmente se suele confundir el finiquito con la indemnización cuando se produce un despido. No obstante, son dos conceptos que definen algo totalmente diferente y que no siempre van unidos. En el finiquito se incluyen aquellas cantidades que se deben al trabajador en el momento de que este deja la empresa, ya sea por despido, por baja voluntaria o por finalización de un contrato temporal.

Lo habitual es que en el finiquito se reflejen las partidas de salario por los días trabajados durante el último mes trabajado, pero aún no cobrado. A veces esto puede incluirse dentro de la nómina. Otras partidas son la parte proporcional de la paga extra, los días de vacaciones no disfrutados, las horas extras realizadas y no abonadas y los pluses y pagas de beneficios.

Sin embargo la indeminización por despido no se cobra siempre. Solo se dará cuando la empresa ha extinguido el contrato de trabajo y puede producirse por varios motivos:

  • Fin del contrato temporal.
  • Despido disciplinario.
  • Despido por causas objetivas.
  • Despido colectivo o ERE.

En cualquier caso, a la indemnización por despido hay que sumar el finiquito para saber cuánto dinero habrá que pagar al trabajador que ha sido despedido.

Diferencia entre finiquito e indemnización por despido

A continuación, explicaremos las principales diferencias entre el finiquito y la indemnización.

Obligatoriedad

El finiquito es un documento de Recursos Humanos que nos da la empresa cuando la relación laboral ha finalizado. Por ley, el empresario tiene la obligación de pagar la correspondiente liquidación al ex empleado. Se calcula el finiquito teniendo en cuenta los días trabajados durante ese mes, la parte proporcional de las pagas extraordinarias, las vacaciones no disfrutadas, horas extraordinarias realizadas aún sin pagar y los pluses correspondientes, así como la paga de beneficios generados que no se hayan abonado.

Todas estas cantidades deberán abonarse obligatoriamente al ex trabajador, independientemente de la causa del cese de su puesto de trabajo. Esta obligatoriedad es la principal diferencia entre finiquito e indemnización.

Finalización del contrato ajeno a la voluntad de trabajador

Una segunda diferencia sería la causa del despido. Para cobrar la indemnización por despido el motivo ha de ser siempre por causa ajena al trabajador, es decir, tiene que ser la empresa la que decida prescindir de los servicios de ese trabajador. En el caso de cese voluntario, la empresa no abonará ningún tipo de indemnización. Esta sí se abonaría en el caso de despido por la finalización un contrato temporal o por una decisión de la compañía.

No obstante tenemos que tener en cuenta que existen dos tipos de despido por parte de la empresa en los que el ex empleado no tiene derecho a ningún tipo de indemnización. Esto es cuando el despido es por motivos disciplinarios y si el trabajador decide abandonar su puesto de trabajo.

Cálculo

Asimismo, el finiquito y la indeminización se calculan de manera diferente. Mientras que en el finiquito se calcula por aquellas cantidades que no han sido abonadas por la empresa, la indemnización se calcula en función del tipo de despido.

  • Por despido disciplinario procedente: cero indemnización.
  • Por despido disciplinario improcedente: 33 días con un tope de 24 mensualidades o 45 para aquellos contratos suscritos antes del 12 de febrero de 2012, con un tope de 42 mensualidades.
  • Despido por causas objetivas: se deberían pagar al ex trabajador 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
  • Si se trata de un ERE o despido colectivo se indemnizará con un mínimo de 20 días de salario por año con un máximo de 12 mensualidades.

Como conclusión podemos decir que la indemnización no tiene porque ir incluida en el finiquito. Como hemos visto no siempre es obligatorio otorgarla.

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