Retención de IRPF en las facturas impagadas

¿Qué sucede con las retenciones en las facturas impagadas?

Uno de los problemas más comunes que se plantean en el mundo laboral y empresarial son las retenciones de las facturas impagadas. Muchas personas tienen un gran desconocimiento sobre el tema. Esto puede puede provocar problemas si no se abonan correctamente las cargas tributarias.

Además, esta cuestión no favorece en nada a las personas que tienen el derecho de cobro de las facturas impagadas, por la venta de un producto o la prestación de un servicio.

Computación de facturas impagadas y la deducción de retenciones

Al desarrollar una actividad como profesional,  cada año computábamos en la declaración del IRPF todas las facturas que emitíamos. Asimismo, se nos deducían las retenciones correspondientes, incluso sin haberlas cobrado.

Ahora Hacienda, en una nueva resolución, establece que para poder deducirnos dichas retenciones de las facturas correspondientes deben haberse cobrado antes de la fecha de la declaración del IRPF.

De este modo, si a 31 de diciembre teníamos alguna factura pendiente de cobro:

  • Si antes del 30 de junio del año siguiente se ha cobrado la factura. En este caso deberemos declarar ese ingreso, así como la deducción por la retención.
  • Si al presentar la declaración, fecha de plazo límite 30 de junio, no hemos cobrado dicha factura. En este supuesto, deberemos declarar ese ingreso, pero no podremos deducirnos la retención. En caso de cobrarla en ese mismo año, podremos presentar una declaración complementaria junto a un escrito solicitando su devolución. (Es decir que se deberá imputar el IRPF de esas facturas impagadas en el mismo ejercicio y si no se hubiera hecho, habría que hacer una declaración complementaria)

Retenciones por alquileres y arrendamientos

Cabe destacar que las retenciones que se realizan por alquileres y arrendamientos de propiedades son las mismas que se aplican a los profesionales y autónomos. Esto significa que no se puede realizar la deducción de facturas impagadas en el momento de su cobro.

En el caso de arrendamientos, en el momento en que se cobre la factura, el arrendatario debe ingresar la cantidad de las retenciones a la Agencia Tributaria. Hasta ese momento el arrendador no podrá ejercer sus derechos a realizar sus deducciones.

Sea cual sea tu caso, puedes calcular las retenciones que se apliquen en tu caso si eres un profesional y sabrás cómo te afectarán en tu salario y cotizaciones.

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