Quién está obligado a declarar

¿Cuándo es obligatorio presentar la declaración de la renta?

Todos los años se inicia la campaña de la declaración de la renta en abril para que todos los ciudadanos del país puedan declarar sus ingresos y gastos y así pagar los impuestos correspondientes con el IRPF. Durante este proceso siempre surgen dudas, y la más frecuente de todas es, ¿estoy obligado a declarar el IRPF? De entrada todo ciudadano que haya generado ingresos tendrá que realizar la declaración de la renta, pero existen excesiones. Vamos a ver quién está exento de declarar los impuestos del IRPF.

Ingresos mínimos para hacer la declaración de la renta

La situación de cada contribuyente determina la obligatoriedad de hacer y presentar la declaración de la renta. Las excepciones se miden según el tipo de renta que se incluye dentro de la declaración. Si trabajamos por cuenta ajena tendremos que tener en cuenta la renta procedente del trabajo, pero si trabajamos por cuenta propia atenderemos a la renta de actividades económicas. En el siguiente cuadro resumen se detalla el mínimo para presentar la declaración de la renta:

Renta obtenidaLímiteCondiciones
Rendimiento del trabajo22.000€
  • Proceden de un solo pagador o el segundo pagador no supera la cantidad de 1.500€.
  • Además los rendimientos del trabajo procede de prestaciones pasivas.
Rendimiento del trabajo12.643€
  • Procede de dos o más pagadores y la suma percibida es superior a 1.500€ anuales.
  • Procede de pensiones compensatorias del cónyuge.
  • El pagador no está obligado a retener.
  • Rendimientos basados en un tipo de retención.
Rendimiento del capital mobiliario y rendimiento ganancias patrimoniales.1.600€
  • Ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva.
Rentas inmobiliarias imputadas, rentas de Letras del Tesoro, Subvenciones para viviendas.1.000€
Rendimiento del trabajo, rendimiento del capital, rendimiento de actividades económicas, ganancias patrimoniales.1.000€
Pérdidas patrimoniales<500€

Aunque no haya obligación de declarar si se cumplen las anteriores condiciones, todos los ciudadanos que apliquen deducciones a la base imponible del IRPF tienen que confirmar el borrador de la declaración de la renta o presentar la declaración a Hacienda.

Por ello, si eres profesional autónomo tendrás que declarar el IRPF siempre que se supere los 1.000€ anuales. Pero si dicha cantidad es obtenida mediante deducciones o reducciones igualmente habrá que presentar la declaración aunque no sea obligatorio.