Contenido mínimo de una factura

¿En una factura es obligatorio que conste la firma?

A veces recibimos facturas en las que consta el sello o la firma del emisor. ¿Pero es siempre obligatorio para que el documento tenga validez, o por el contrario es un elemento prescindible?

En términos generales existe discrepancia acerca de este tema, pues hay quien confunde la normativa y llega a creer que hay circunstancias en las que resultaría obligatorio disponer de firma como un elemento de conformidad en la factura.

Sin embargo, no hay que olvidar que el artículo 6 del Reglamento de Facturación (RD 1619/2012) que recoge el contenido mínimo de una factura, no incluye en ningún momento el sello ni la firma entre los requisitos necesarios que debe contener el documento, sin perjuicio de que en algún momento pueda incluirlos.

Requisitos obligatorios de una factura

Tal y como comentábamos en el punto anterior, la firma no entra dentro de los requisitos necesarios para acatar la validez del documento, y será un elemento voluntario.

Hay empresas que tienen por costumbre firmar o sellar la factura antes de enviarla a su cliente, mientras que otros prefieren obviar este detalle y remitirla tal cual.

Entonces, ¿qué características tiene una factura para tener en cuenta la validez del documento?

  • Número de factura correlativo y la serie
  • Fecha de emisión del documento
  • Nombre y apellidos o denominación social del emisor de la factura
  • Nombre y apellidos o denominación social del receptor de la factura
  • NIF o CIF del destinatario y receptor
  • Domicilio fiscal de la empresa emisora de la factura y la receptora
  • Las operaciones o servicios que han intervenido en la transacción para el desarrollo de la factura
  • Cuando la fecha de expedición es distinta, también deberá aparecer en el documento la fecha en que se hayan tenido lugar las operaciones descritas
  • Cualquier dato imprescindible para poder determinar la Base Imponible del IVA
  • El precio unitario o sin IVA de las transacciones
  • Cualquier tipo de descuento o rebaja que no haya sido incluido en el precio
  • El tipo impositivo o tipos aplicables a las transacciones detalladas