Facturación asociaciones sin fines lucrativos
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¿Es posible facturar siendo una asociación sin ánimo de lucro?

Las asociaciones sin ánimo de lucro son entidades que nacen sin buscar ningún beneficio económico, pero eso no significa que no puedan ejercer una actividad y facturar por ella. Dentro de la asociación es posible emplear recursos materiales o humanos con el objetivo de distribuir productos o servicios. Al realizar estas actuaciones la asociación está ejerciendo una actividad económica y, por ello, tiene que gestionar la facturación que genere.

Cualquier Asociación sin ánimo de lucro puede ejercer actividades económicas sin perder la condición de entidad sin fines lucrativos. La principal vía de autofinanciación de la asociación es ejercer alguna de estas actividades:

  • Venta de lotería
  • Venta de revistas
  • Organización de eventos
  • Jornadas de colaboración
  • Cursos y formaciones
  • Servicios en fiestas

A efectos de facturar, las asociaciones sin ánimo de lucro se comportan como una empresa, están sujetas a las mismas obligaciones fiscales y tienen que estar dados de alta en el IAE (Impuesto de Actividades Económicas) correspondiente, donde se especifica el IVA de facturación que le corresponde.

El Impuesto de Actividades Económicas grava cualquier tipo de actividad económica, es un impuesto directo, obligatorio, proporcional, real y de gestión compartida. Pero entre sus exenciones se encuentra las fundaciones o asociaciones declaradas de utilidad públicas, en la Ley 49/2002 en el artículo 82.1.c establece la exención de carácter general para las personas físicas o jurídicas con menos de 1 millón de euros.

Por tanto, las asociaciones sin ánimo de lucro que no llegan a facturar un millón de euros están exentas del pago del IAE, pero no exonera de darse de alta a través del modelo 036.

Al crear una asociación sin ánimo de lucro es necesario darse de alta en el Registro Nacional de Asociaciones y en el IAE, así como elaborar una serie de documentos como son los estatutos y el acta fundacional, donde se detalla quiénes son los miembros de la asociación, la misión que tiene la entidad y todas las actividades que realizarán.

Cómo se emiten las facturas en las asociaciones sin ánimo de lucro

Cuando una asociación sin ánimo de lucro tiene que emitir una factura seguirá los mismos pasos que realiza una empresa. El contenido de la factura será el siguiente:

  1. Número de serie de la factura.
  2. Fecha y lugar de emisión.
  3. Razón social de la asociación sin ánimo de lucro.
  4. Razón social del comprador.
  5. Domicilio de ambas partes.
  6. Descripción de los bienes o servicios comprados.
  7. Precio de la transacción económica.
  8. El tipo de impositivo.
  9. Sello y firma

En cuanto al IVA, se indicará la exención que corresponde a la actividad que realiza la asociación.

Pongamos por caso que una Asociación sin ánimo de lucro, que se dedica a potenciar el canto regional, es contratada para ofrecer un concierto en las fiestas patronales. La recaudación que recibe servirá para invertir en los propios instrumentos de la asociación, por lo tanto sigue sin haber un fin lucrativo en la actividad. Tendrá que emitir una factura indicando la exención del IVA que tiene concedida por estar dada de alta en el IAE como entidad de servicio público.

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