que son obligaciones fiscales

Obligaciones fiscales ¿qué son y cuántas hay?

En el momento en que decidimos emprender un negocio por nuestra cuenta, bien como empresa o trabajadores autónomos, debemos de ser conscientes de que, con ello, adquirimos un compromiso y debemos de responder ante la Agencia Tributaria de nuestras obligaciones fiscales.

Dependiendo de la elección que hagamos, de cómo decidamos empezar y de la actividad o actividades escogidas tendremos diferentes obligaciones. Cuáles son y cómo hemos de cumplirlas es lo que deberemos aprender antes de empezar cualquier actividad.

Lo primero que debemos hacer es darnos de alta como persona física en la Agencia Tributaria. Para ello, habrá que solicitar el alta en el censo de profesionales, empresarios y retenedores. Esto es obligatorio tanto si vamos a ejercer la actividad como profesionales autónomos o como empresa. Este alta se realiza cumplimentado el modelo 037. Y una vez solicitado nos asignarán un Número de Identificación Fiscal (NIF).

Si lo hacemos como personas jurídicas o entidades, deberemos de cumplimentar el modelo 036. Con este documento nos incluirán en el censo de Tributarios Obligados. Debemos de tener en cuenta que entre eso y darnos de alta como autónomos hay unas diferencias que deberemos de cumplir.

Tipos de obligaciones fiscales que se deben asumir

En función de si somos una empresa o un trabajador autónomo tenemos las siguientes obligaciones fiscales:

El IRPF en los autónomos

Una vez se inicia la actividad, los ingresos que tengamos tributarán para el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) cumplimentando el modelo 131 trimestralmente.

No olvidemos que, por Ley, desde septiembre del 2018, los trabajadores autónomos deben de presentar todos los impuestos mediante la página web de Hacienda. Para ello, necesitaremos el Certificado Digital correspondiente, por regla general expedido por la FNMT (Fábrica Nacional de Moneda y Timbre).

Si practicamos retenciones del trabajo y o profesionales, tendremos que presentar el modelo 111. Tiene carácter trimestral o el modelo 115 si es por retenciones de bienes inmuebles.

El modelo 123 que corresponde a las retenciones del capital mobiliario.

El IVA para los autónomos y empresas

A la vez que el IRPF, el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es otro de los impuestos importantes para el autónomo y para las empresas.

El IVA recae sobre el consumidor final, una vez ha pasado a través de cada obligado tributario, los cuales lo soportaron o repercutieron en base a si fueron gastos o ingresos. Hacienda devuelve el IVA soportado a las empresas y autónomos. Para ello deberán de presentar el modelo 303, que al igual que el modelo 131, es trimestral. Hay que tener en cuenta que hay varios tipos de IVA, siendo el más habitual en España el del tipo del 21%. Aunque también están el reducido, 10% y el súper reducido al 4%.

Pasando a los Impuestos Anuales, que por regla general son todos de carácter informativo y recapitulativo, tenemos el modelo 390, Declaración Anual del IVA, tanto para el autónomo como para la empresa, presentándose este en el mes de enero el del año anterior.

También tenemos el modelo 190, el cual lo debemos de presentar si hemos tenido o practicado retenciones del trabajo o a profesionales, también hasta finales de enero del año siguiente al de la declaración. O el modelo 180 resumen anual de retenciones por arrendamientos de bienes inmuebles.

A su misma vez el modelo 193, que se refiere a las retenciones de los alquileres o del capital mobiliario.

En marzo, al igual que los autónomos, las empresas han de presentar el modelo 347, la Declaración Anual con Terceros de más de 3.005,06 euros, donde se declaran las operaciones tanto las adquisiciones como las entregas de bienes y servicios, estén o no, sujetas al IVA.

Si tuviéramos negocios con clientes ubicados en otros países de la Unión Europea, deberemos presentar operaciones intracomunitarias con países de la Unión Europea, el modelo a presentar sería el 349.

El IS o el Impuesto sobre Sociedades grava la renta de las sociedades y las otras entidades que residen en territorio español. Como regla general, deben de presentarlo aunque dichas empresas no hayan desarrollado actividades durante ese periodo impositivo o no hayan obtenido rentas que estén sujetas al impuesto.

El IRPF o la Renta de las Personas Físicas

Aplicable a empresarios y profesionales que desarrollen una actividad económica, así como personas físicas. La declaración anual de la Renta, modelo D-100, es el que usaremos para la presentación de la renta. Si resultase a ingresar, la podemos domiciliar en cuenta y a la misma vez fraccionar y pagar en dos plazos. El primero hasta el día 26 de junio y el segundo hasta el 5 de noviembre.

Como podemos ver, no son pocas las obligaciones fiscales que debemos de tener en cuenta y aprendérnoslas. Las adquirimos al darnos de alta en el censo, como dijimos al principio, bien sea como empresarios o trabajadores autónomos o empresas.

Ver más: ¿Cuáles son las declaraciones anuales que hay que presentar?

 

Bibliografía

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