Modelos agencia tributaria

Los principales modelos tributarios para autónomos y pymes

Tanto si somos trabajador autónomo, como empresa, cuando vamos a iniciar una actividad económica, nos convertimos en obligados tributarios y es cuando en verdad vemos llegar un aluvión de obligaciones para con la Agencia Tributaria y esto se debe la mayoría de los casos a que no tenemos el suficiente conocimiento previo.

Es importante que sepamos, en especial, los modelos que estamos sujetos a presentar como obligados tributarios, ya seamos empresarios o bien trabajadores por cuenta propia.

Algunos son previos al inicio de la actividad y solo se presentan una vez o si pasado un tiempo tenemos que hacer algún cambio, otros, sin embargo, serán asiduos y tendremos que conocer el calendario fiscal para presentarlos cuando corresponde.  Podemos encargárselo a un asesor fiscal, pero si estamos decididos a hacerlo nosotros vamos a dar una relación de los modelos tributarios para autónomos y empresas.

Modelos de declaración censal

Se presenta una única vez al inicio de la actividad o cuando hay un cambio.

  • Modelo 036 – 037. Modelo que usaremos para darnos de alta, baja o modificación de la actividad y de los datos censales.

Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA)

Los modelos tributarios para el IVA son:

  • Modelo 303. Es el modelo que más usaremos siempre que no estemos exentos en el régimen general del IVA, lo presentaremos trimestralmente, aunque puede darse el caso de presentar el IVA mensualmente.
  • Modelo 340. Para los contribuyentes en Régimen de devolución mensual del IVA.
  • Modelo 390. Es el resumen anual del IVA, declaración informativa, aunque obligatoria.
  • Modelos 310 y 311. No son muy habituales, los utilizaran los obligados tributarios acogidos al régimen simplificado del IVA (Módulos)
  • Modelo 309. Es el modelo de autoliquidación no periódica por el que se ingresan las auto repercusiones del IVA de los sujetos pasivos que no están obligados a presentar el modelo 303.

Retenciones Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Según la Ley vigente en España sobre el IRPF, los trabajadores autónomos y las pequeñas y medianas empresas (PYMES) deben de retener e ingresar a la Agencia Tributaria, estos pagos a cuenta del IRPF.

  • Modelo 100. Es el modelo anual, lo presentan todas las personas físicas residentes en España y que, obteniendo rentas, sea cual sea su procedencia, siempre con unos límites reglamentarios establecidas en la Ley del IRPF. Es la declaración de la renta que se presenta entre mayo y julio.

Este impreso solo será presentado por los trabajadores autónomos, las empresas tienen otro semejante, pero exclusivo para PYMES (Mod. 200 y 202)

  • Modelo 111. Este modelo se utiliza para hacer los ingresos de las retenciones de rendimientos del trabajo, de las actividades económicas, premios, imputaciones de la renta, etc.
  • Modelo 190. Este es el modelo informativo anual sobre las retenciones del trabajo, de las actividades económicas, los premios, imputaciones de renta, etc.
  • Modelo 115. Este modelo lo usaremos para las retenciones que proceden de los arrendamientos de bienes inmuebles. (alquileres de locales, oficinas, etc)
  • Modelo 180. Aquí recogeremos la información anual procedente de los alquileres, donde recogeremos el resumen de los trimestres presentados del modelo 115.
  • Modelo 123. Destinado a las retenciones que proceden del capital mobiliario (dividendos de intereses, etc.)
  • Modelo 193. Resumen anual informativo del capital mobiliario, donde recogeremos el resumen de los trimestres presentados del modelo 123.
Modelo 111
Ramil Gibadullin || Shutterstock

Pagos fraccionados del IRPF y del Impuesto sobre Sociedades

Los modelos tributarios del pago del IRPF y el Impuesto sobre Sociedades son:

  • Modelo 130. Trimestral, para autónomos que están en Régimen de estimación Directa, aunque aquí no incluiremos a los que desarrollen exclusivamente actividades profesionales agrícolas, ganaderas o forestales, siempre y cuando en el año anterior al menos el 70% de los ingresos de su actividad fuesen objeto de retención.
  • Modelo 131. Este es para los autónomos en régimen de estimación objetiva, se presenta por trimestres.
  • Modelo 202. Este es para las empresas, para el pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.
  • Modelo 200. Modelo Anual del Impuesto sobre Sociedades.

Declaraciones informativas

Otros modelos tributarios de interés:

  • Modelo 349. Es la Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias, se presenta mensual, trimestral o anualmente.
  • Modelo 347. Declaración anual de operaciones con terceros, donde informamos de las operaciones realizadas con operadores interiores que superen los 3.005,06 €.

Ver más: ¿Cuáles son las declaraciones anuales que hay que presentar?

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