Tributación por modulos

¿Cuándo se recomienda tributar por módulos?

Hoy día son muchos los trabajadores autónomos que se preguntan si es posible tributar por módulos y ciertamente no es de extrañar, ya que estos colectivos de trabajadores por cuenta propia, no han parado de tener cambios en los últimos años.

Vamos a intentar despejar las dudas con respecto a tributar por módulos, también conocido como “método de estimación objetiva”, para que conozcas los requisitos que has de cumplir para poder acogerte a la tributación por módulos, y quién debe tributar por este régimen, cómo se calcula el rendimiento de la actividad, así cómo se calcula la cuantía del pago fraccionado y los libros obligatorios para su contabilidad. Deberemos tener en cuenta que es importante haberlo definido en el momento de darnos de alta en Hacienda mediante los modelos 037 o 037.

Quién puede tributar mediante módulos

¿Que hay que tener en cuenta para ser trabajador por cuenta propia y tributar por estimación objetiva? Debido al fraude fiscal de los últimos años, se han endurecido los requisitos que debían cumplir los autónomos para poder tributar por módulos, que pasan a ser los siguientes para el año 2019, habiendo una prórroga del periodo transitorio:

  • Los trabajadores autónomos cuya actividad esté incluida en la Orden Ministerial que regula este régimen.
  • No superar los límites que se establecen en dicha Orden para cada una de las actividades.
  • Que el volumen de ingresos no superase en 2018 los límites como máximo de 250.000 euros anuales y de 150.000 euros anuales que entra en vigor este año de 2019 (para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales es de 200.000 euros anuales) de ingresos y de 75.000 euros facturados a profesionales o empresarios.
  • No podrán seguir en estimación objetiva aquellos trabajadores autónomos que estén obligados a facturar a clientes que sean empresas y profesionales, si tuvieron ingresos superiores a 125.000 euros anuales el año anterior.
  • Por volumen de compras sin tener en cuenta las inversiones, establecen un límite de forma transitoria para este año de 2019 en 250.000 euros anuales. A modo informativo diremos que antes de esta prórroga la Reforma Fiscal incluía una reducción del límite a 150.000 euros anuales. En el caso de obras y servicios por subcontrata, estos importes se tienen en cuenta para el cálculo de este límite.
  • Si hubiéramos renunciado o estuviéramos excluidos del régimen simplificado de IVA o del régimen especial de agricultura.
  • No podemos realizar actividades que tributen en estimación directa.

Los tramos para tributar por estimación objetiva para el año 2019

Resumiendo, los tramos para tributar por estimación objetiva son:

  1.  Volumen de ingresos: máximo 250.000 euros.
  2.  Facturación a empresas y profesionales: máximo de 125.000 euros.
  3.  Volumen de compras: máximo de 250.000 euros.

Actividades que se incluyen en la Orden que regula los módulos:

  • Agricultura y ganadería: aplicando un umbral de exclusión de 250.000 euros sin estar afectadas por el destino final de facturación.
  • Pesca: la producción del mejillón en batea.
  • Hostelería: cafeterías, restaurantes, bares, heladerías, hostales, pensiones y fondas.
  • Comercio minorista: todo el sector incluidos los quioscos de prensa, talleres de reparación de vehículos y otros talleres de reparación.
  • Hostelería: cafeterías, restaurantes, bares, heladerías, hostales pensiones y fondas.
  • Transporte: de viajeros, mercancías y taxis, por lo que deberemos tenerlo en cuenta a la hora de facturar los servicios de transporte de cualquier empresa.
  • Otros servicios: como peluquerías, salones de belleza, autoescuelas, mudanza, tintorerías y copisterías.
  • Actividades relacionadas con la fabricación de pan y bollería.
  • Actividades de albañilería, carpintería, cerrajería, fontanería y pintura.
Cálculo del impuesto sobre sociedades
Robert Kneschke || Shutterstock

Cuánto pagaremos por estar en el régimen por módulos

Para saber cuánto pagaremos si nos acogemos al régimen por módulos tenemos que saber que Hacienda fijará unos parámetros para cada actividad teniendo en cuenta:

  • Número de trabajadores.
  • Personal no asalariado.
  • Potencia eléctrica contratada.
  • La superficie del local.
  • Se le aplicarán unos coeficientes de minoración (como pueden ser por incentivos al empleo y o la inversión) aplicándole unos índices correctores como la población del municipio, la duración de la actividad y las nuevas actividades.

Calcularemos la cuantía del pago fraccionado que como regla general será del 4% del rendimiento neto, el 3% para empresarios autónomos con una persona a su cargo (asalariado) y el 2% si no disponemos de personal, así como las actividades agrícolas.

Para efectuar el pago fraccionado presentaremos el modelo 131:

  • Entre el 1 y el 22 de abril el primer pago
  • Entre el 1 y el 22 de julio el segundo pago
  • Entre el 1 y el 21 de octubre el tercer pago
  • Y hasta el 30 de enero el cuarto pago

Calendario fiscal para empresas

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