Qué es el IVA transfronterizo

¿Qué es el IVA transfronterizo?

El IVA (Impuesto de Valor Añadido) es un impuesto sobre el consumo de bienes y servicios. Asimismo, cada país miembro de la Unión Europea aplica el tipo más conveniente en su país de origen.

Luego tenemos el censo VIES o IVA intracomunitario. Este consiste en una serie de reglas para la compra-venta de bienes y la prestación de servicios entre los estados miembros de la Unión Europea. Aunque éste no se aplica directamente en la factura, si estamos obligados a declararlo en las liquidaciones trimestrales una vez nos hayamos dado de alta en Hacienda como Operadores Intracomunitarios en el llamado ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios) Cada empresa se dará de alta en el país donde esté erradicada la empresa o ejerzamos la actividad profesional.

Pero existe otro tipo de IVA, el IVA Transfronterizo.

 ¿En qué consiste el IVA transfronterizo?

Se trata de un impuesto que grava el consumo de bienes y servicios. Éste se ha de aplicar de acuerdo a unas reglas especiales en nuestra facturación internacional con estados no miembros de la Unión Europea.

Debemos de tener en cuenta que el IVA transfronterizo no es el IVA intracomunitario. No debemos confundirlos. Que, aunque el IVA intracomunitario es también transfronterizo, al tratarse de países intracomunitarios, las normas a aplicar son diferentes a la de países no comunitarios.

Aquí nos vamos a centrar en el IVA transfronterizo pero el no intracomunitario, o sea el de países ajenos a la Unión Europea. Por lo tanto, las normas a aplicar del IVA en la facturación internacional son diferentes. Veamos cómo se aplica el IVA transfronterizo.

Cómo se aplica el IVA transfronterizo

En el caso de que nuestra empresa haya de hacer una factura a otra empresa o profesional de otro país, en este caso no comunitario, llegado el momento en que tengamos que confeccionar la factura debemos de tener en cuenta estos criterios básicos:

  • Si se trata de una venta o compra de un bien o mercancía.
  •  O por el contrario es la venta o compra de una prestación de servicios.

Si se trata de la venta de un bien o una mercancía

En este caso si lo que hacemos es una venta de un bien a un cliente que no pertenece a la UE (no comunitario) sea empresa, un profesional autónomo o simplemente un particular, no aplicaremos el IVA en la factura. Esto no implica que ese IVA no nos lo podamos deducir.

Si se trata de compra de bienes o mercaderías

Ahora bien, cuando compramos un bien o mercancía con la intención de hacer comercio con él, a un proveedor no comunitario, no nos queda otra que pagar el IVA en la aduana. Esta última está, a su vez, controlada por la Agencia Tributaria.

Cuando se trata de venta de servicios

En este caso, la mercadería o bien que se vende es una prestación de servicios y la factura debemos emitirla sin el IVA. Aunque también es posible que el que vende o presta ese servicio esté obligado a pagar el IVA si ello ocurre en otro país de la Unión Europea.

Cuando se trate de compra de servicios

En el supuesto de que el profesional o empresa que prestase ese servicio a un país que esté fuera de la Unión Europea, este comprador estaría obligado a pagar el IVA de su país de origen como si de el mismo se tratase el que prestase el servicio. Esto es lo que solemos llamar “inversión del sujeto pasivo“. Aunque llegado el caso, el IVA se lo podría deducir después.

Como podemos ver, todas estas leyes, reglas y normativas, están encaminadas a evitar el fraude detectado en el IVA transfronterizo. De ahí que la Comisión Europea haya elaborado este plan. El objetivo de la UE es reforzar el mercado único y no la de obstaculizarlo.

La ley del IVA y la facturación

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