Los tipos de IVA y de exenciones
El IVA es el impuesto indirecto más conocido e importante que grava el consumo de todos los ciudadanos, sea cual sea su renta. Es un impuesto indirecto porque no grava directamente sobre la renta del ciudadano, sino sobre el bien o servicio a través de todo el proceso de fabricación, producción y venta. En general, todos los productos y servicios tienen IVA. Pero no todos tienen el mismo. Existen diferentes tipos de IVA dependiendo del tipo de producto o servicio. Además, existen una serie de actividades económicas que están exentas de IVA, por lo que el empresario no cobrará el IVA en la facturación del cliente final, o se le aplicará un porcentaje de reducción.
Veamos qué tipos de IVA existen, cuáles son sus características y las posibles actividades económicas que pueden estar exentas de este gravamen.
Clases de IVA
Actualmente, existen tres tipos de porcentajes de IVA que se aplican a diferentes a las facturas dependiendo de las clases de productos y servicios.
El primer tipo impositivo es el general. El impuesto que se exige es del 21 %. Se aplica a todos los bienes y servicios, excepto aquellos que pertenezcan a los grupos del IVA reducido y del superreducido.
El segundo tipo impositivo es el reducido. El impuesto exigido en este caso es del 10 %. Los bienes y servicios que pertenecen a esta categoría de IVA son:
- Productos para la nutrición humana y animal, salvo las bebidas alcohólicas que gravan un 21%.
- Animales y vegetales que se utilizan para obtener los productos para la nutrición.
- Productos que se utilicen en actividades agrícolas, forestales o ganaderas, como son las semillas, los fertilizantes, los herbicidas, los invernaderos, etc.
- El agua para alimentación o para el riego.
- Medicamentos para veterinarios.
- Algunos productos farmacéuticos, de higiene femenina y equipo médico.
- Compra de edificios y locales.
- Las plantas ornamentales y sus semillas.
- Servicios de hostelería y suministro de comida.
- Transporte de viajeros.
- Servicios para explotaciones agrícolas, forestales o ganaderas, como la plantación el abonado, el embalaje, etc.
- Servicios de limpieza pública y recogida de residuos.
- Servicios culturales e importaciones de objetos de arte.
- Obras en edificios y locales.
- Arrendamientos con opción a compra.
El tercer tipo impositivo es el denominado superreducido. Este grupo de bienes y servicios están gravados con un 4% de IVA y en él se encuentran:
- Alimentos básicos de la alimentación como pan, harina, leche, queso, huevos, frutas y verduras.
- Los libros, periódicos y revistas sin publicidad.
- Medicamentos de uso humano.
- Vehículos para personas con movilidad reducida.
- Prótesis e implantes.
- Viviendas de protección oficial.
- Obras en viviendas de protección oficial.
- Servicios de asistencia.
Actividades exentas de IVA
Respecto a las actividades exentas de IVA, no hay que confundir una actividad exenta con una actividad no sujeta al IVA. La diferencia radica en que las actividades exentas si están sujetas a IVA pero por la propia legislación y normativa se eximen del pago.
Las actividades que esta exentas de IVA en la facturación son:
- Los servicios de correos y postales.
- Los servicios educativos, de enseñanza y formación.
- Los servicios sanitarios.
- Los servicios artísticos.
- Los servicios inmobiliarios.
- Los seguros y mediación financiera.
A la hora de aplicar el IVA en la facturación, es recomendable analizar el tipo de empresa que tienes, qué actividad realizas y qué tipo de bien o servicio pones a la disposición de tu cliente, pues dependiendo de todos estos factores se aplicará un tipo de IVA u otro, o la actividad estará exenta del impuesto. Si quieres saber más sobre el IVA, te recomendamos que acudas a la Ley del IVA 37/1992, de 28 de diciembre, donde está toda la legislación relacionada con este impuesto.