Qué es el IVA soportado

¿Qué es el IVA soportado?

En España, todo tipo de actividad profesional tiene por norma incluir el IVA en la facturación o lo que es lo mismo, pagar o ingresar el Impuesto del Valor Añadido (IVA). No obstante, los autónomos y empresas deben saber que no siempre el IVA soportado, el que pagan por un bien o servicio, se podrá deducir en el Modelo 303. En el artículo de hoy, te daremos unas ideas básicas sobre el tema.

El IVA en la facturación de una empresa es uno de los pilares fundamentales de cualquier operación que se realice en España. Por ello, los ciudadanos han de conocer el funcionamiento de los impuestos; y en el caso de las personas jurídicas, saber además, cómo se pueden deducir gastos y el IVA que deben devolver a Hacienda como resultado del pago de las facturas a sus proveedores.

El IVA es un impuesto que deben pagar todos los consumidores de un producto o servicio. Este hecho convierte a la empresa o profesional en un recaudador de Hacienda ya que estos deben presentar trimestralmente unos modelos en los que deben devolver a la Administración el IVA que han estado cobrando a sus clientes. En concreto, es el modelo 303 el que regula esta acción. En compensación, los autónomos y las empresas gozan del privilegio de poder restar a ese IVA recaudado, el IVA que han tenido que abonar a tus proveedores para el desempeño de la actividad, a este último se la llama IVA soportado

Cuando hablamos de IVA soportado, nos referimos al IVA que todo autónomo o empresa paga a sus proveedores de bienes y servicios. Así, una empresa de traducción que requiera un servicio web pagará ese servicio con un IVA incluido.

El IVA soportado no es sinónimo de IVA deducible

Quizá una de las grandes confusiones por parte de los autónomos es intercambiar el uso de los términos “soportado” y “deducible” como si fueran sinónimos e intercambiables. No obstante, únicamente una parte del IVA será deducible. El IVA deducible se refiere al IVA que una persona jurídica puede restar al IVA ingresado en sus facturas, siempre que se cumplan una serie de requisitos, por lo que no todo el IVA se puede deducir en el modelo 303.

Condiciones para que te puedas deducir el IVA soportado

A la hora de incluir IVA en la facturación y a la luz de la Ley de IVA en su artículo 95, queda patente cuáles son los gastos que desgravan IVA y lo dice en los siguientes términos:

“Los empresarios o profesionales no podrán deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional”.

La fórmula empleada es fundamental ya que dice que solo es deducible aquel gasto que “directa y exclusivamente, sea sujeto a su actividad empresarial o profesional”, excluye todos los gastos particulares. En este sentido, es aún más claro y específico en el Art. 95.2; en donde determina que el IVA deducible tiene arreglo a la Ley si los gastos son:

• Los bienes de uso mixto (personal como profesional) se emplean para el desarrollo de la actividad económica,
• Los servicios y bienes que se empleen en simultaneidad entre el uso privado y el profesional,
• Los derechos o bienes que no aparezcan en el balance,
• Los derechos y bienes que no formen parte del patrimonio empresarial si estos son adquiridos por el sujeto pasivo,
• Los gastos que son relativos necesidades privadas o familiares.

En resumidas cuentas, no todo el IVA soportado en la facturación es deducible si el gasto no es conforme a estas condiciones.

¿Qué gasto en la facturación es susceptible de deducción?

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