Clases de letra de cambio

Tipos de letra de cambio

A veces se nos hace complicado hacer frente a tantos pagos. Por ejemplo a proveedores hay que pagarles aunque nuestros clientes aún no nos han pagado. De ahí que en ocasiones debamos recurrir a los créditos.

Existen actualmente diversos medios para acceder a ellos y permitirnos a corto plazo poder disponer de liquidez. Uno de estos documentos financieros o títulos son lo que llamamos “letra de cambio”.

Una letra de cambio es un documento mercantil que se usa como medio de pago aplazado. En él una persona física o jurídica se compromete a pagar a una fecha determinada una cantidad de dinero o bien una mercancía como pago en especie, a un tercero.

Clases de letra de cambio

Actualmente existen varios tipos de letra de cambio que en función de la fecha de vencimiento podemos diferenciar:

Letras de cambio giradas a un día fijo

El vencimiento de este tipo de letra de cambio lo expresaremos a una fecha fija, por ejemplo 19/04/2019. Esto implica que ese día, mes y año tiene que presentarse para su pago. En el caso de que estos tipos de letras los tengamos domiciliados en una entidad bancaria, deberían abonarse en cuenta en esa fecha determinada.

Letras libradas a la vista

Este tipo de documento nos dice que la podemos cobrar cuando la presentemos a su cobro. Hay que decir que a esta se le cambió el nombre por la de LCCH, que quiere decir “Ley Cambiaria y del Cheque”.

Tiene un inconveniente y es que no la podemos presentar a su cobro cuando queramos. Esto es debido a que existe la obligación de hacerlo dentro de ese año, es decir, al cabo del año siguiente a su fecha de libramiento. Este plazo se puede acortar por el librador. Aunque también podrá disponer que no se presente antes de una fecha determinada.

Letras giradas a un plazo desde la fecha

El vencimiento de este documento puede ser a un plazo contado desde la fecha. De esta forma, la letra tendrá vencimiento el día que se cumpla el plazo que se le ha fijado.

Si contamos los plazos señalados en días (15 días, 30, 60) estos se realizarán desde el día siguiente a la fecha en la que se expidieron, se cuentan por días naturales y los días festivos se incluyen.

Por ejemplo treinta días; no se va a computar el día que se libre, si no a partir del día siguiente.

En el caso de que se trate de meses se irán computando de fecha a fecha. Así, quedaría de la siguiente forma: si la letra es el día 19 de abril de 2018 y con plazo de vencimiento a treinta días, su fecha de vencimiento sería el 19 de mayo de 2018.

Si en el mes de vencimiento no existe ese día igual al de la fecha en que se libró, se entendería que el plazo finaliza el día último del mes, así por ejemplo si la fecha fuese 31 de marzo de 2018 su fecha de vencimiento a los treinta días sería 30 de abril de 2018.

Letras libradas a un plazo desde la vista

En este caso vista significa aceptación. Por tanto, las letras de cambio libradas a plazo vista quiere decir que vencen a partir de la fecha en la que se aceptan. Esto es que el plazo computará desde la fecha en la que se aceptó. Luego esta fórmula de vencimiento está unida a la fecha de aceptación.

Si el que libra, no llegase a firmar la letra, la fecha de alusión para contar dicho plazo, sería la de declaración equivalente. También puede pasar que si el librado acepta y no señala la fecha de su firma, se considera que ha sido puesta el último día del plazo que se ha señalado para ser presentada a aceptación, o lo que es lo mismo, en el término de un año, contabilizado desde la fecha de expedición.

Como podemos ver, existen varias clases de letras de cambio. Ahora, ¿cuál aceptar?

Qué es la letra de cambio no aceptada

Publicaciones Similares