Tributación de las recompensas

¿Tributan los bonus extras recibidos por objetivos?

Algunas empresas  incentivan a sus directivos mediante bonus por lograr llegar a los activos marcados en la estrategia de la compañía. Ahora bien, ¿existe algún tipo de tributación del bonus extra?

Normalmente, los bonos son prácticas retributivas están relacionadas con los resultados de la empresa. Se trata generalmente de otorgar una serie beneficios por conseguir un incremento de la productividad o por alcanzar unos objetivos realmente marcados por la dirección de la empresa. En definitiva, son una partida salarial complementaria con la que el empresario premia el trabajo realizado por el directivo. Es decir, es una recompensa al esfuerzo de este trabajador.

En cuanto a la fijación de este tipo de recompensas, la empresa no tiene por qué consultar ni negociar con los representantes de los trabajadores. Asimismo, tampoco debe justificar su método de evaluación del desempeño para decidir a quién otorgar este incentivo. Esta es una decisión que únicamente compete al dueño de la empresa.

En función del tiempo pueden ser temporales o indefinidos. Aquí la temporalidad también depende ante la decisión del empresario. Aunque siempre se establecen una serie de objetivos para que los trabajadores puedan optar a estas recompensas. Aquel que consiga el objetivo marcado, tendrá derecho a este incentivo.

Se trata de una retribución de gracia. Estos debido a que surge poder voluntad unilateral del propietario de la empresa. Pero cuando se establecen las condiciones y es aceptada por los trabajadores, pasa a ser un complemento salarial.

Como ya señalábamos con anterioridad, este tipo de retribuciones son voluntarias. Esto significa que la empresa no tiene ninguna obligación de fijar bonus.

Cómo cotizan los bonus extras

La cotización de los bonos anuales que se abonen en el ejercicio siguiente al de su devengo, se prorratearán durante los doce meses del año. Esto es debido a que son percepciones de vencimiento superior mensual. Asimismo, al momento de su percepción se efectuarán las liquidaciones complementarias de las cuotas del ejercicio en el que se devengaron los bonus.

En otras palabras, no tiene que cotizarse en el mes que se abona, sino que ha de ser prorrateado durante el periodo de devengo. Así, si el objetivo es conseguir 100 clientes nuevos durante un ejercicio y se cumple, esta recompensa se abonará al iniciar el periodo siguiente. La cotización del bonus se prorrateará en los doce meses del año anterior al abono.

Es posible medir la rentabilidad de los comerciales o directivos y después asignarle el bonus extra que se prorrateará en el próximo año.

Cómo tributan los bonus extras de los trabajadores

Cobrar más por el trabajo realizado está muy bien, pero hay que tener en cuenta algunas cuestiones a la hora de su tributación en la declaración de la renta.

Hay que pagar el IRPF

Los bonus tributan de manera íntegra al año de su percepción. No influye que los bonus retribuyan a trabajos realizados en un periodo anterior. Se suman al resto de rendimientos de trabajo obtenidas durante el ejercicio y al resto de rendimientos de la base general del impuesto. Del mismo modo, se someterán a tributación a escala general del IRPF.

Sin embargo, en aquellos casos en los que el bonus ha generado en un periodo superior a dos años y éste se perciba una única vez, se podrá aplicar normalmente una reducción del 30%  sobre el rendimiento. Del mismo modo, se podrá someter a tributación el 70% del mismo en los cinco años anteriores, en el supuesto de que no se aplicara esa misma reducción sobre otro bonus.

En el caso de que un rendimiento de trabajo esté pendiente de resolución judicial, los importes que no se satisfagan se importarán al periodo impositivo cuando exista una sentencia firme en la que se establezca si ser otorgando al trabajador dicho bonus.

Fiscalidad de los intereses

Aquí los intereses perdidos tienen diferente calificación según sea la naturaleza. Por una parte,  si se trata de intereses remuneratorios (contraprestación), estos tributarán en del impuesto como rendimiento del capital mobiliario, excepto cuando estos sean calificados como rendimientos de actividad profesional o empresarial.

Por otro parte, si estos intereses son indeminizatorios (resarcimiento por daños y perjuicios por incumplimiento de obligaciones) no podrán ser calificados como capital mobiliario, sino que habrán de tributar como ganancias patrimoniales. Como vemos dependiendo de la situación tributa en un tipo de renta diferente.

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