¿Está el crowdfunding sujeto al IVA?
¿Sabías que las campañas de donaciones de crowdfunding también tributan? Se trata de una herramienta de financiación muy interesante para emprender negocios o recaudar dinero para acometer un proyecto concreto. Se trata de un sistema de financiación participativo donde un grupo de personas colaboran con aportaciones pequeñas de capital en un proyecto que consideran interesante. La financiación tradicional de un único accionista está siendo sustituida por este tipo de financiación donde casi todo el mundo puede ser partícipe.
A través de plataformas crowdfunding es posible, tanto crear la petición de financiación, como donar dinero si el proyecto es interesante. En dichas web se especifica para qué se necesita el dinero, cuál es la cantidad necesaria para acometerlo y cuál será la recompensa por el donativo realizado. A partir de este momento los colaboradores o mecenas realizan las aportaciones que consideren, siendo de 50€ o de 1.000€.
La ley marca que es posible financiar un máximo de 3.000€ por proyecto y persona al año, llegando a los 10.000€ anuales en el conjunto de proyectos financiados.
Se utiliza el crowdfunding tanto para financiar proyectos empresariales como para financiar causas solidarias. Existen proyectos de financiación para recaudar dinero para pagar la operación de un animal herido o para conseguir capital para poner en marcha una app novedosa. La elección de dónde invertir es del usuario y está al alcance de casi todo el mundo, pero antes de empezar a financiar proyectos hay que conocer cómo tributan estas donaciones.
Impuestos en el crowdfunding
La económica participativa es una práctica regulada por la Ley de Fomento de la Financiación Colectiva, en ella se establece cómo deben tributar las donaciones según el tipo de proyecto que se está financiando. Como hemos visto hay mucha variedad de proyectos que buscan financiación y en función de si es una persona física o jurídica quien solicita el dinero tendrá que tributar los impuestos de diferente manera.
- Persona física: si el que busca financiación es un autónomo tendrá que tributar las donaciones que recibe bajo el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.
- Persona jurídica: En el caso de ser un empresario que busca financiación mediante el crowdfunding de donaciones tendrá que tributarlo mediante el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados.
Como vemos si se opera como particular o como empresa variará el Impuesto que tributa la donación.
El IVA en el crowdfunding
El Impuesto sobre el Valor Añadido también interviene en la financiación colaborativa, el creador de la propuesta recaudará el IVA de cada donación y pagará a Hacienda el impuesto correspondiente. Por su parte los mecenas, realizan la donación por el importe que consideren y pueden obtener después la factura correspondiente a su donativo.
Las donaciones tributan con el tipo de IVA general del 21% siempre que se produzcan en el territorio español, si la captación de fondos es internacional los usuarios que residen en el extranjero no pagarán IVA.
Cómo facturar a clientes extranjeros
Cuando la empresa o el autónomo tenga que liquidar los impuestos de manera habitual tendrán que incluir el IVA repercutido tras el crowdfunding. Si se trata de una empresa será mediante el Impuesto sobre Sociedades y si es autónomo a través del IRPF.
Si la financiación supone la fabricación de un producto, o el desarrollo de un servicio, es muy posible que implique la compra de materias primas o la contratación de proveedores. En este caso el IVA soportado también se incluirá en la declaración de los impuestos. El saldo del IVA puede verse afectado según la cantidad de IVA soportado y repercutido.
Las donaciones también tributan, de este modo, el mecenas que aporta dinero también declarará el IVA incluido en la factura de crowdfunding. El único caso donde no ocurre es en el crowdfundings cuyas campañas son de donaciones solidarias sin animo de lucro.