Facturas de la agencia de viajes

¿Las Agencias de Viajes están obligadas a emitir facturas?

Las agencias de viajes son empresas intermediarias que se encargan de la gestión y organización de viajes a sus clientes. Al tratarse de intermediarios entre las compañías de transporte y las empresas hoteleras con el cliente final, surge la duda de si están obligadas a emitir facturas por sus servicios prestados, lo cierto es que sí lo están pero se acogen a un régimen especial. Vamos a explicar cuáles son las obligaciones de facturación que tienen las agencias de viajes.

Desde el 1 de enero de 2015 las agencias de viajes están bajo un régimen tributario especial donde la base imponible para el cálculo del IVA devengo se ve afectada. Se acogen a este tipo de régimen tributario todas aquellas empresas que se dedican a la organización de viajes o circuitos turísticos. Los requisitos exigidos son: 1) Que la empresa actúe en nombre del viajero y por tanto la factura no se emite en nombre de la agencia de viajes, 2) La agencia de viajes oferta servicios de otras empresas o marcas, quedan excluidas aquellas agencias de viajes que ofertan medios de transporte o hostelerías propios. Así se demuestra que la agencia de viajes actúa como agente de la empresa hotelera o transportista.

En resumen, toda agencia de viaje minorista que ofrece a los clientes viajes contratados por otras empresas mayoristas puede emitir facturas en un régimen especial.

Cómo son las facturas que emiten las agencias de viajes

¿En qué consiste exactamente el régimen especial de las agencias de viajes? Se trata de un régimen tributario donde la base imponible del IVA se ve afectada. En el caso del IVA repercutido por los servicios prestados, la base imponible es el margen bruto de la propia agencia, sin necesidad de desglosar dicho importe. En el IVA soportado de las adquisiciones que realiza la agencia de viajes no será deducible si redunda directamente en el beneficio del viajero.

La factura que emiten las agencias de viajes por los servicios prestados será diferente a las facturas ordinarias. Se diferencia principalmente en dos aspectos. El primero es que no se desglosa en la factura la cuota repercutida, ya que no existe la obligación de desglosar los campos; y el segundo es que debe aparecer la mención “Régimen especial de las agencias de viajes”

La base imponible de la factura de agencia de viajes se determinará de manera independiente en cada concepto facturado. De este modo la base imponible se calcula teniendo en cuenta el precio del viaje sin el IVA y se resta las adquisiciones de bienes o servicios de empresas mayoristas que ya han aplicado los impuestos.

Si el viajero actúa en nombre de una empresa puede solicitar la factura sin que se aplique el régimen especial y, así la factura será una factura ordinaria. En este caso el IVA repercutido que se incluye podrá ser deducido en la liquidación trimestral de la empresa. Es necesario solicitar por escrito a la agencia de viajes que la factura será sin el régimen especial ya que el solicitante es un profesional o empresario con derecho a la deducción.

Gestión de las facturas de agencias de viajes

Las obligaciones fiscales de las agencias de viajes son similares a las de cualquier empresario, en material fiscal es necesario anotar cada factura emitida y recibida en el Libro de Registro de facturas correspondiente. Es importante distinguir entre aquellas facturas emitidas en régimen especial y aquellas que no lo contempla.

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