facturacion entre andorra y españa como se hace

La facturación entre España y Andorra ¿cómo se hace?

Es muy frecuente que en Andorra nos hagamos esta pregunta: ¿cómo se pueden emitir facturas entre las empresas del país y las de fuera? Por un lado, tenemos el IRNR, aun estando en vigor hace años, es bastante desconocido, y por otro el IGI.

En el año 2015 Andorra dejó de ser un paraíso fiscal, pasando a tener dos impuestos. Por una parte, el IGI, es como el IVA español o el francés y por otra el IRNR que es el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes.

Desde que los acuerdos con España, Francia y Luxemburgo, entraron en vigor, todo esto cambió mucho, mejorando y haciendo mucho más fácil todos los trámites. De este modo, se suprimió toda la confusión que existía con anterioridad. Estos convenios de doble imposición (CDI) tienen como finalidad, al tratarse de tratados internacionales, eliminar los casos de doble imposición fiscal internacional negociando una serie de medidas que incluyen a los dos estados contratantes.

Este tipo de convenios facilitan el apoyo y el impulso fiscal internacional con una serie de medidas comprometiendo a los dos estados miembros. Estos convenios ayudan a la promoción, estimulando las inversiones exteriores y ayudando a favorecer la competitividad de las empresas del sector nacional al exterior.

Cómo facturar a España desde Andorra

Primero tenemos que hacer una diferencia, entre bienes o servicios, bien sean empresas, trabajadores por cuenta propia o personas particulares.

En este caso, es una empresa de Andorra, bien se dedica a la venta de bienes o exportación de mercancías o a la prestación de servicios:

  • Exportación de bienes: lo mismo que ocurre con la importación, en una factura de venta debe aparecer sin impuesto, pero cuando esta pasa por la aduana y declaramos la exportación, haremos saber el tipo de impuesto que se le aplica. Esto quiere decir que tendremos que incluir el DUA (que no es otra cosa que el Documento Aduanero) en el país al que va destinado, bien a España o a Francia. Esto es lo que, cualquier empresa andorrana, registra en su contabilidad.
  • Prestación de servicios: esta parte puede no estar muy clara, ya que muchos de lo que estamos llamando Prestación de Servicios, los pueden ejercer a través de Internet. Por ejemplo, una empresa informática se puede conectar a un ordenador por Internet y permitiéndole el acceso, identificar y arreglar el problema. Aunque en principio esa empresa de Andorra al prestar el servicio a una empresa española o francesa no nos va a aplicar el IGI en las ventas.

Como facturar a Andorra desde España

Al igual que sucede en el caso anterior, debemos hacer una diferencia entre los bienes y los servicios andorranos facturados en España:

  • Bienes: nuestro proveedor, no debe aplicar ningún impuesto a esta factura. Aunque como en el caso anterior, en el DUA (Documento Aduanero), si especificará los impuestos que se aplican en Andorra. Como si fuera una empresa de ese país, el DUA, se transformará en el registro de la factura a usar en la contabilidad.
  • Servicios: hasta que no entraron en vigor los Convenios de Doble Imposición (CDI) las empresas de Andorra debían aplicar el IRNR, de dicha factura y seguir las indicaciones para ingresarlo en la Agencia Tributaria. En este caso, la empresa española se lo podía deducir del Impuesto sobre Sociedades. Hoy día ya no es necesario seguir estas indicaciones, porque la factura española va sin IVA y sin la retención del IRNR. Esto es debido a que se da por entendido que el servicio se ha prestado en Andorra.

Hay algo que debe de quedar claro, y es que tanto nuestros clientes como nuestros proveedores de otros países deberán conocer estas normas y aplicar los impuestos en las facturas. Así como nosotros tenemos que hacerlo de la misma forma, pues es muy común ver facturas de importación o exportación o las prestaciones de servicios aplicando mal el IVA o IGI.

Ver más: Todo lo que debes saber sobre el IVA en las importaciones

Ante la duda, lo mejor es pedir asesoramiento, porque siempre podemos encontrar excepciones, tanto en los bienes como en las prestaciones de servicios.  Un claro ejemplo de esto son los cánones, dividendos, etc.

¿Qué tener en cuenta sobre el IVA en las exportaciones?

 

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